[PRO :: TELETIPO] Ayuda para daños de lluvias torrenciales

Ayuda para daños de lluvias torrenciales acaecidas en diciembre de 2016

[PRO :: TELETIPO] BANDO ESCUELA MUNICIPAL

Nueva admisión escuela municipal infantil curso 2017-2018

[PRO :: TELETIPO] XXXI ÁGORA JUVENIL

XXXI ÁGORA JUVENIL CONSEJO DE LA JUVENTUD DE ANDALUCÍA JAÉN 26 al 29 de octubre de 2017

[PRO :: TELETIPO] Pleno Municipal 9/1/18

Convocatoria al Pleno Municipal el 29 de Enero de 2018

[Servicios] EJERCICIO DERECHOS EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

La normativa de protección de datos permite que el ciudadano o su representantes pueda ejercer ante el Ayuntamiento de Uleila del Campo, como el responsable del tratamiento de sus datos, sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión (“derecho al olvido”), limitación del tratamiento, portabilidad y de no ser objeto de decisiones individualizadas. El derecho de información y de acceso a datos personales: es el derecho del ciudadano a dirigirte ante al responsable del tratamiento para conocer si está tratando o no tus datos de carácter personal y, en el caso de que se esté realizando dicho tratamiento, obtener la información recogida. Este derecho se regula en el art. art. 13 y art. 14 y art. 15 de la Sección 2 del REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 Derecho de rectificación El interesado tendrá derecho a obtener sin dilación indebida del Ayuntamiento la rectificación de los datos personales inexactos que le conciernan. Teniendo en cuenta los fines del tratamiento, el interesado tendrá derecho a que se completen los datos personales que sean incompletos, inclusive mediante una declaración adicional. Este derecho se regula en el art. en el art. 16 de la Sección 3 del REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 Derecho de supresión ("al olvido") El interesado tendrá derecho a obtener sin dilación indebida del responsable del tratamiento la supresión de los datos personales que le conciernan, cuando concurra alguna de las circunstancias recogidas en el art. 17 de la Sección 3 del REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 No obstante, este derecho no es ilimitado, de tal forma que puede ser factible no proceder a la supresión cuando el tratamiento sea necesario para el ejercicio de la libertad de expresión e información, para el cumplimiento de una obligación legal, para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable, por razones de interés público, en el ámbito de la salud pública, con fines de archivo de interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos, o para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones. Derecho a la limitación del tratamiento Este derecho consiste en que el ciudadano obtenga la limitación del tratamiento de los datos que realiza el Ayuntmaiento, si bien su ejercicio presenta dos vertientes: 1. Puedes solicitar la suspensión del tratamiento de tus datos: Cuando el ciudadano impugne la exactitud de sus datos personales, durante un plazo que permita al responsable su verificación, que realiza en base al interés legítimo o misión de interés público, mientras verifica si estos motivos prevalecen sobre los del ciudadano 2. Solicitar al responsable la conservación tus datos: Cuando el tratamiento sea ilícito y el ciudadano se haya opuesto a la supresión de sus datos y en su lugar solicita la limitación de su uso. Cuando el responsable ya no necesite los datos personales para los fines del tratamiento, pero el interesado los necesite para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones. Este derecho se regula en el art. 18 de la Sección 3 del REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 Derecho a la portabilidad El interesado tendrá derecho a recibir los datos personales que le incumban, que haya facilitado al Ayuntamiento, en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica, y a transmitirlos a otro responsable del tratamiento sin que lo impida el Ayuntamiento. No obstante, este derecho, por su propia naturaleza, no se puede aplicar cuando el tratamiento sea necesario para el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable. Este derecho se regula en el art. en el art. 20, de la Sección 3, Capitulo III del REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 Oposición Este derecho, como su nombre indica, supone que el ciudadano se puedes oponer a que el Ayuntamiento realice un tratamiento de los datos personales en los supuestos recogidos en el art. 21, de la Sección 4, Capitulo III del REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 Derecho a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas Este derecho pretende garantizar que el ciudadano no sea objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento de tus datos, incluida la elaboración de perfiles, que produzca efectos jurídicos sobre el o le afecte significativamente de forma similar. Sobre esta elaboración de perfiles, se trata de cualquier forma de tratamiento de los datos personales que evalúe aspectos personales, en particular analizar o predecir aspectos relacionados con tu rendimiento en el trabajo, situación económica, salud, las preferencias o intereses personales, fiabilidad o el comportamiento. Regulado en el art. 22, de la Sección 2, Capitulo III del REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016

[Servicios] SOLICITUD DE INFORMACIÓN PÚBLICA (art. 17 y ss Ley 19/2013)

El Formulario de Solicitud de Información, permite presentar solicitudes de acceso a la información pública, de conformidad con el artículo 17 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

[Servicios] INSTANCIA SOLICITUD GENERAL

El servicio de Registro de Entrada consiste en dejar constancia de los escritos, solicitudes o comunicaciones recibidos por el Ayuntamiento de Uleila del Campo. A través de este servicio se garantiza el derecho de los ciudadanos a la presentación de documentos y acceso al Registro que reconocen los artículos 35, 37 y 38 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común. Los asientos del registro de entrada se anotan respetando el orden temporal de recepción, y dejan constancia de la fecha y hora en que se produce la entrada de cada documento, de un resumen de su contenido y de los interesados que lo presentan y órganos administrativos a los que se dirigen. Cada asiento queda identificado por un número y un epígrafe expresivo de su naturaleza. Concluido el trámite de registro, los documentos son cursados sin dilación al Órgano de destino. El Registro del Ayuntamiento de Uleila del Campo está instalado en soporte informático de manera que se garantiza la constancia de cada asiento, y la integración en el Registro General de los asientos realizados en cualquiera de sus oficinas de registro, tanto en las presenciales como en la electrónica

[Servicios] SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES

La hoja de sugerencias y reclamaciones es el instrumento puesto a disposición del ciudadano para que deje constancia de las quejas, reclamaciones, iniciativas o sugerencias que estimen convenientes sobre el funcionamiento del Ayuntamiento de Uleila del Campo

[Servicios] ALTA-MODIFICACIÓN DATOS DE TERCEROS

El fichero de Terceros recoge los datos necesarios para que las personas físicas y jurídicas, puedan relacionarse con la Entidad Local, en especial si, como consecuencia de mantener relaciones económicas, tienen que recibir transferencias de fondos de la misma.

[Servicios] CEMENTERIO. AUTORIZACIONES PARA INHUMACIÓN Y EXHUMACIÓN

Autorización para: Inhumación: acción y efecto de dar sepultura a un cadáver, restos humanos o restos cadavéricos. Exhumacion: accion y efecto de sacar de la sepultura un cadaver, restos humanos o restos cadavéricos. Traslado: desplazamiento de restos cadavéricos dentro del cementerio municipal o a otro cementerio.

[Servicios] INSCRIPCIÓN EN EL PADRÓN DE HABITANTES

Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente. Quienes vivan en más de un municipio se inscribirán en el que residan durante más tiempo al año. El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos del municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo y son utilizados para la actualización del Censo Electoral. Los vecinos deben comunicar las variaciones en sus datos de inscripción, especialmente los cambios de domicilio dentro del término municipal. Los menores de edad no emancipados y los mayores incapacitados deben figurar empadronados con los padres que tengan su guarda y custodia o, en su defecto, con sus representantes legales, salvo autorización por escrito de estos para residir en otro domicilio. Tipos de expedientes padronales: 1. Alta por Cambio de Residencia: Consecuencia de un cambio del municipio o país de residencia. 2. Alta por Omisión: Inscripción de personas que viviendo habitualmente en el municipio no figuran inscritas en el mismo. 3. Alta por Nacimiento: Las de todas las personas nacidas en España, o circunstancialmente en el extranjero cuyos padres estén empadronados en el municipio, que se empadronan por primera vez y cuyo nacimiento consta inscrito en el Registro Civil. La inscripción en el Padrón Municipal de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanante deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años, transcurrido este plazo sin que el padre/madre/ tutor legal del menor haya procedido a tal renovación, se acordará la caducidad de su inscripción padronal (art. 16.1 Ley 7/1985.)

[Servicios] MODIFICACIÓN EN EL PADRÓN DE HABITANTES

Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente. Quienes vivan en más de un municipio se inscribirán en el que residan durante más tiempo al año. El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos del municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo y son utilizados para la actualización del Censo Electoral. Los vecinos deben comunicar las variaciones en sus datos de inscripción, especialmente los cambios de domicilio dentro del término municipal. Los menores de edad no emancipados y los mayores incapacitados deben figurar empadronados con los padres que tengan su guarda y custodia o, en su defecto, con sus representantes legales, salvo autorización por escrito de estos para residir en otro domicilio. Tipos de expedientes padronales: 1. En el supuesto de modificación por cambio de domicilio: - Cualquier persona física que cambia su domicilio dentro de este término municipal. 2. En el supuesto de modificación por correción de errores o variación de datos: - Cualquier persona física con domicilio dentro de este término municipal. La inscripción en el Padrón Municiapl de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanante deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años, transcurrido este plazo sin que el padre/madre/ tutor legal del menor haya procedido a tal renovación, se acordará la caducidad de su inscripción padronal (art. 16.1 Ley 7/1985.)

[Servicios] LICENCIA PARA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS

Esta Licencia tiene carácter personal, y su obtención ha de ser previa a la adquisición de un animal calificado como potencialmente peligroso por la normativa de aplicación. En el caso de que el animal fuera calificado como potencialmente peligroso con posterioridad a su adquisición por razones de conducta, el propietario dispone del plazo de un mes para ello desde el momento de dicha calificación. - La deberán obtener, tanto el propietario como otras personas que pudieran manejen al animal en espacios públicos o privados de uso común. - Se consideran animales potencialmente peligrosos aquellos que, perteneciendo a la fauna salvaje, sean empleados como animales de compañía, con independencia de su agresividad, se encuadren en especies o razas que tengan la capacidad de poner en peligro la vida o la integridad física de las personas, de otros animales o de provocar daños relevantes en los bienes; así como los perros potencialmente peligrosos según la legislación vigente

[Servicios] LICENCIA DE SEGREGACION, PARCELACION Y DECLARACION DE INNECESARIEDAD

Trámite de solicitud de licencia de parcelación o segregación, a través de la cual se autorizan los actos de división de terrenos o de parcelación de fincas urbanas o rústicas, salvo en aquellos casos en que procede la declaración de innecesariedad de la licencia por el Ayuntamiento cuando concurran los supuestos legalmente previstos.